jueves, 11 de junio de 2009

Decreto Legislativo 1090 y el TLC con Estados Unidos

¿La derogación del decreto 1090 pone en peligro el TLC con Estados Unidos? (primera parte)


Por César Reyna

Diversos sectores del oficialismo y representantes de gremios empresariales se han empeñado en decir durante los últimos días que si se derogaba el Decreto Legislativo 1090, ahora suspendido por el Congreso por un plazo de 90 días hasta realizarle modificaciones y consultar con organizaciones nativas, pondría en riesgo el acuerdo comercial con Estados Unidos. Los defensores de la norma afirman que vigilar la procedencia de la madera, asunto que “regulaba” el 1090, era una de las obligaciones a las que el Perú se había comprometido durante las negociaciones del Tratado. Los portavoces del partido de Gobierno decían que los opositores a la integración comercial y la globalización “trataban de tumbarse el acuerdo” denunciando supuestas fallas en el mencionado decreto.

Luego de analizar la norma en cuestión y revisar una serie de opiniones de expertos, debo concluir que la vigencia del decreto 1090, y no su derogatoria, viola los estándares que el Perú debe cumplir en materia ambiental. Su aplicación pone en peligro el Tratado toda vez que fomenta el comercio de madera ilegal, una práctica muy frecuente en nuestros bosques y que los miembros del Partido Demócrata querían eliminar. Este decreto legislativo agrava la situación del sector forestal porque permite que las zonas donde existen bosques puedan cambiar de uso si hay “interés del Estado”. El “interés estatal” supone un inmenso ‘cajón de sastre’ del que algunos funcionarios pueden echar mano para despejar grandes extensiones de bosques para promover plantaciones de otros cultivos o construir carreteras sin estudios de sostenibilidad (de impacto ambiental).

El decreto 1090 abre la puerta para que los bosques puedan perder esa condición (de bosques) y pasen a ser tierras de uso agrícola si lo autoriza el Ministerio de Agricultura (Minag). Bajo esta norma cualquier área forestal podría cambiar, causando graves impactos en los ecosistemas e intensificando los efectos del cambio climático pues la pérdida de bosques aumentaría gradualmente la temperatura del planeta en la medida que dejarían de absorber las emisiones de carbono de la atmósfera, principal causante del calentamiento global.

Si la política de la nueva Administración norteamericana es impulsar el desarrollo de energías alternativas y preservar el medio ambiente, no será difícil adivinar que encontrara altamente perjudicial esta norma (y más si se trata de un país como el Perú donde gran parte de su territorio corresponde a la Amazonía, una zona en la que la lucha contra la destrucción de la selva y el desarrollo tratan de encontrar un equilibrio).

El Decreto Legislativo 1090 debe entenderse con un conjunto de decretos destinados a promocionar la inversión privada en la Amazonía. Según muchos críticos del Gobierno, el 1090 y otras normas relacionadas, entre las que destacan el Decreto Legislativo 1064, también suspendido por el Congreso, expresan la ideología del perro del hortelano que encarna la visión de “desarrollo” del presidente Alan García. La visión de García consiste en introducir cambios radicales en una región abandonada por el Estado. En el manifiesto que publicó hace un par de años en un diario local trata de propiciar una nueva reforma agraria. Su aproximación al fenómeno agrario toma algunos elementos de la reforma inconclusa del dictador Juan Velasco Alvarado, quien gobernó el país entre 1968 y 1975, pues decía que “la tierra no es de quien la posee, sino de quien la trabaja”. Para García, la tierra sería de quienes pueden “ponerla en valor” pues quienes actualmente la poseen (campesinos de la sierra y nativos) no pueden hacerlo porque “no tienen formación (técnica) ni recursos económicos”.

En el Perú de los 60’, antes del régimen del General Velasco, la tierra estaba en manos de latifundistas y gamonales, en la costa y la serranía, respectivamente. Luego del golpe de estado contra Fernando Belaúnde Terry, los campesinos pasaron a ser propietarios de las tierras que trabajaban para terceros. Velazco partía de la idea de que los campesinos “ponían en valor las tierras” con su esfuerzo. El enfoque de García considera que solo las empresas privadas y no los nativos están en capacidad de invertir grandes cantidades capital en la puesta en valor de "tierras ociosas o no aprovechadas”. “La tierra sería vendida en grandes lotes”, dice García, “para traer tecnología” de punta. Los “millones de hectáreas que las comunidades y asociaciones no cultivan ni cultivarán” serán productivas si se permite en ingreso de inversionistas interesados. El objetivo de Velasco y García sería similar en cuanto a potenciar el sector agrario (“ponerlo en valor”); pero difieren en los actores que deben llevarlo acabo pues el mandatario aprista planea entregar o facilitar la entrega de terrenos mediante un grupo decretos cuestionados, entre los que se encuentra el recientemente suspendido 1090.

Se podría decir que es una reforma agraria inversa pues devuelve al capital lo que antes explotaba bajo condiciones sumamente precarias para los campesinos. “Para García”, según la antropóloga Margarita Benavides, “los pueblos indígenas no forman parte del desarrollo” pues no solo se les cree incapaces de comprender los alcances y supuestos beneficios del 1090, como asegura García, sino de conducir proyectos rentables en sus territorios, de ahí que estos deban ser traspasados, alquilados o concesionados a entidades que sí los podrían aprovechar económicamente.

Esta norma (el decreto 1090) no protege a la selva peruana de la deforestación que es causada por la tala ilegal. Las autoridades comerciales estadounidenses, a insistencia de los congresistas demócratas, originalmente buscaban detener esa ilícita actividad. Pero la tala continúa, con o sin Tratado o la misma Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Decreto Legislativo 1090), también conocido como “La Ley de la Selva”, ya que es causada por grandes madereras que ocultan el origen ilegal de la madera. El tráfico ilegal se ha incrementado considerablemente, y de poco o nada han servido las leyes que se han dado en los últimos tiempos sobre la materia pues el Perú carece de funcionarios que fiscalicen las concesiones forestales. El sector no puede ser supervisado en su totalidad por falta de inspectores y presupuesto que debe asignar el Ejecutivo. El periodista y experto en la Amazonía, Roger Rumrrill, dijo que desde el 2007 se extrajo 16.000 metros cúbicos de caoba, especie que se encuentra en peligro de extinción, de la cuenca del río Yavarí, es decir, unos 20.000 árboles fueron talados para producir 3.500.000 millones de pies tablares. “Esto se hace con la complicidad de las autoridades forestales”, afirma el especialista.

El temor de algunos entendidos, como Javier Pulgar Vidal, director de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), es que “la derogatoria de la norma deje sin marco legal al sector forestal”; pero, a tenor de lo expresado en el párrafo anterior, da lo mismo contar o no con dicha norma pues las instituciones no tienen posibilidad de verificar el origen de la madera extraída de nuestra selva. El decreto aludido solo maquilla una situación que desborda ampliamente la actuación del Estado. Esto podría revertirse drásticamente si los indígenas, que conocen bien el territorio y tienen interés en la preservación de su hábitat, se encargaran, previa capacitación, de las inspecciones
[1] en las concesiones madereras.

Otro defecto encontrado durante la elaboración de la norma es que el Gobierno se "olvidó" consultar con las comunidades nativas, como lo exige el Convenio 169 de la OIT, vinculante para el Perú desde 1993. El artículo 6 de dicho instrumento dice que el Estado firmante se compromete a consultar a las comunidades sobre cualquier decisión que las afecte. Si bien los sucesivos gobiernos no lo reglamentaron desde su ratificación, el mismo Convenio dice que esto no representa ningún impedimento para su ejecución. Si el Estado peruano no definió el procedimiento de consulta fue porque no tenía intención de hacerlo efectivo. El neoliberalismo reinante de los 90 mandaba a los Estados a ceder a las iniciativas privadas. La consulta con las comunidades era vista como un obstáculo para el desembarco de la inversión en países en vías de desarrollo. Por eso nunca se lo reguló. Aún así el Estado peruano está obligado a consultar al momento de concesionar terrenos para la explotación de hidrocarburos y la promulgación de normas y sus respectivos reglamentos.

El Decreto Legislativo 1090 se aprobó de forma arbitraria para los nativos, eso explica el origen de sus protestas y reclamos. Ellos iniciaron una huelga indefinida el 9 de abril de este año en parte de la Amazonía. El 5 de junio el país vivió la mayor jornada de agitación en años pues murieron más de 30 peruanos, entre policías y nativos, según datos oficiales. Unas 60 tribus representadas por Aidesep (Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana) exigieron la inmediata derogatoria del decreto 1090, que forma parte de un paquete legislativo aprobado en el marco de las facultades concedidas al Ejecutivo para implementar el TLC con Estados Unidos.

Este punto es importante para Estados Unidos porque, al margen de la addenda ambiental y los asuntos netamemente comerciales, le interesa que el Perú respete la legalidad. Si el país no cumple con lo estipulado por una convención internacional, las autoridades norteamericanas tendrían sobrados motivos para desconfiar que acatemos las disposiciones y anexos del acuerdo. Washington estaría muy preocupado si Perú no ha seguido el procedimiento regular (que incluye la consulta con las comunidades afectadas) pues las normas aprobadas para implementar el acuerdo carecerían de validez, lo que pondría en entredicho o en el limbo el TLC.

El trabajo consta de tres partes…

Continuará mañana…

[1] Recibirían un salario que, ante la falta de recursos del Tesoro Público, podría ser asumido o financiado mediante donaciones del exterior, es decir, con fondos provenientes de países y organizaciones interesadas en la protección de los bosques amazónicos y en la explotación sostenible y legal del preciado recurso forestal.

1 comentario:

JaVierChenKo dijo...

broder esta bien que al fin alguien diga que es ese maldito decreto legislativo 1090...una cosa si es amazonia no amazonía.