miércoles, 17 de marzo de 2010

No te metas con mi sueldo

Indecopi multó al Banco de Crédito por afectar remuneración de clienta para cobrar una deuda


Sancionó con 36 mil soles a dicha entidad bancaria por cobrar la deuda de una cliente de los fondos correspondientes a su sueldo. Esto, sin considerar el límite legal

Miércoles 17 de marzo de 2010 - 01:35 pm

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Sancionado. Ahora el Banco de Crédito tendrá que devolver a su cliente afectada el dinero descontado indebidamente.

La Segunda Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi sancionó con 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir 36 mil soles, al Banco de Crédito del Perú. Esto por cobrar la deuda de una consumidora con fondos correspondientes a su sueldo y sin considerar el límite legal establecido para estos casos.


La referida sala determinó que si bien la ley establece el derecho parcial que tienen los bancos para cobrar las deudas de los clientes con el dinero de sus otras cuentas, este derecho es limitado cuando los fondos corresponden a la cuenta de su sueldo depositado en una cuenta de ahorros.
Es decir, los bancos no pueden cobrar una deuda con fondos que correspondan a sueldos, salvo que dichas remuneraciones sean mayores a 5 Unidades de Referencia Procesal (URP), es decir, S/.1.800 y solo por un tercio de dicho monto.
QUÉ HIZO EL BANCO
El Banco de Crédito del Perú realizó dos descuentos de la cuenta de pago de haberes de la denunciante por montos de S/.719,70 y S/. 2.657, incumpliendo así la norma señalada.
El Indecopi también determinó que el banco cometió una infracción al bloquear sin previo aviso la cuenta de la consumidora, con el fin de realizar los descuentos señalados. Hay que tener en cuenta que el bloqueo de las cuentas solo puede realizarse con la autorización del cliente mediante un contrato.
La medida correctiva consistió en que el banco devuelva a la consumidora el dinero descontado indebidamente. Fuentes de Indecopi invocaron a los consumidores a presentar sus denuncias cuando sean víctimas de similares acciones.


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