miércoles, 15 de diciembre de 2010

Sobre las argucias de Julio Favre para evitar sanción del Estado peruano en 2010.

"Gallina Vieja da Buen Caldo": el Final Feliz de la Concertación de Precios del Pollo

Alfredo Bullard. Semana Económica*.

Les voy a contar una historia muy antigua. Había una vez, en el año 1996 (hace más de 14 años) una institución del Estado llamada Indecopi que le abrió un procedimiento a las empresas avícolas por haber concertado los precios del pollo. Luego de poco más de año y medio de procedimiento un grupo de esas empresas fue multado porque se les encontró culpables de subir los precios por acuerdo entre ellas y no por condiciones de competencia.

Los polleros hicieron algo muy simple: para subirle el precio a los consumidores acordaron controlar la producción, congelar pollo y así generar una escasez artificial. Voy a dejar que los mismos polleros nos expliquen qué es lo que hicieron y para eso basta leer sólo algunos de los documentos que Indecopi encontró en las avícolas.

Acta de Directorio de Alimentos Protina, 19/6/95: "El Ing. Raúl Ramos, comunicó respecto al acuerdo recientemente tomado en el Comité de Productores de pollos, manifestando la inminente decisión de beneficiar y congelar pollos a fin de evitar que los precios bajen". Comunicación de Molinera San Martín de Porres al INEI, 23/11/95: "El precio de S/.3.10. se está manteniendo debido a que todas las integraciones han bajado su producción por acuerdo…" Memorando de Corporación Ganadera 13/11/95: "…hay integraciones que están colocando pollo por debajo del precio sugerido…" Documento en la computadora de Fernando Cáceres, ex gerente de la Asociación de polleros: "Con el congelamiento (…) el sector dejó de perder S/.10'000,000 el año 1995 y mantuvo un precio estable…" y que su estrategia "…era una necesidad vital para el sector, ya que, de acuerdo a las leyes de Libre Competencia, no lo hubiera podido lograr formando una empresa con accionariado de los Productores (Ver nota Delito de Monopolio)." Memorando de Avícola El Rocío, 3/5/95 "el señor Fabres (sic) hizo las siguientes propuestas: 1.Reducción de la Importación de Reproductoras, 2.Anulación de importaciones de Pollos BB o Huevos Fértiles(…) 3.Eliminación de reproductoras. 4.Congelación de Pollo" (sí, el señor "Fabres" es en realidad el Sr. Julio Favre, reconocido y polémico empresario pollero, el mismo que supuestamente iba a reconstruir Chincha, Pisco e Ica luego del terremoto).

Y siguen decenas de documentos en la misma línea. En sencillo, las pruebas eran contundentes.

Hasta aquí el cuento que les relato podría haber quedado como parte de la historia del Derecho Antimonopolio peruano. Sería una simple reseña de un  importante caso emblemático del pasado lejano.

Pero este primer y corto capítulo, fue seguido de un segundo capitulo largo digno de una novela de Kafka. Un caso claro se convirtió en una compleja y dura discusión mediática y donde los polleros intentaron alejar el tema del debate técnico y acudieron al Poder Judicial.

El argumento principal (y casi único) del Sr. Favre y sus amigos fue que el Indecopi actúo por instrucciones de Fujimori que quería castigarlos por subir los precios.  Así lo dijeron en sus escritos y hasta pasaron videos inocuos en las audiencias tratando de impactar a los jueces. Quizás en la imaginación de los polleros, Fujimori (esta vez con la ayuda de Montesinos) sembró en sus oficinas, tipo película de espionaje, todos los documentos para poder sancionarlos.

Pero si no fue así la explicación fue sencilla: concertaron y los agarraron "con las manos en la masa".

Los polleros evitaron con su acción judicial pagar las multas y dejaron la sensación por años que todo había quedado en un limbo y que nunca responderían por sus actos.

Hace unos días la historia (esperemos) se acabó. Luego de 13 años de juicio, finalmente la Corte Suprema dio su sentencia final: los polleros concertaron y deben ser sancionados. Ya en primera instancia la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema había declarado que la infracción ocurrió con una reducción no sustancial de la multa impuesta.

Los polleros apelaron y el caso (simple y claro) se complico. De pronto todos los vocales comenzaron a votar en contra de lo decidido por Indecopi. Un total de cinco vocales (con argumentos formalistas que no estaban vinculados al fondo del problema) votaron por anular el caso. Algunos buscaban regresarlo a la primera instancia judicial, otros al mismo Indecopi (se imaginan, 14 años más).

Con el partido en contra Indecopi no cejo en su esfuerzo por que el caso se resuelva correctamente. Le volteó el partido a los polleros y se dieron cuatro votos a favor de confirmar lo resuelto en primera instancia y declarar la culpabilidad de las empresas avícolas. Y con ello se acabó la discusión (salvo que ahora los polleros quieran iniciar otro tortuoso (y legalmente inviable) camino con un amparo para irse al Tribunal Constitucional (de todo se ve en la viña del Señor TC).

Por supuesto que los polleros posiblemente salgan con la idea que Fujimori sigue controlando a la Corte Suprema (la misma que lo mando a la cárcel) y sabe Dios con que otras excusas para justificar su desacuerdo. A eso solo cabrá responder con el texto de los mismos documentos que ellos redactaron y que los condenan.

Lo bueno de esta historia. Primero, un voto de confianza a un Poder Judicial que resistió presiones de todo tipo para finalmente decidir lo que era correcto decidir. Ello gracias al fallo emitido en primera instancia por la Sala Civil Transitoria y a los cuatro votos que voltearon el partido en la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente del la Corte Suprema, emitidos por los vocales Salas Villalobos, Vinatea Medina, Mac Rae Thays e Yrrivarren Fallaque.

Los votos finales son claros en sostener (1) que el Indecopi tiene competencias claras para sancionar este tipo de prácticas; (2) que los principios legales aplicados  fueron los correctos, que la decisión se baso en "…abundante prueba instrumental…"  y "…que el Indecopi si procedió mediante el análisis de mercado a razonar el grado de la conducta de los agentes activos; lo que fluye de los actuados administrativos; ello precisamente en salvaguarda del debido proceso administrativo y el derecho de defensa de los agentes involucrados…" mientras que "…las contradicciones alegadas por los demandantes (es decir los polleros) solo se advierten como medio de defensa natural, empero no contienen los mismos parámetros técnicos apropiados.", (3) que para resolver estos casos hay que mirar a la realidad y a las consecuencias de los hechos, es decir que el Poder Judicial debe ir más allá de la simple lectura del expediente pues "…el juez no puede desconocer los grados que la repercusión de su Fallo incida en el mercado económico…"; y (4) que es importante reconocer, en lo que es una honesta autocrítica a la demora en la decisión por el Poder Judicial, pero sobre todo una crítica a los votos que pretendían que comenzará de nuevo el via crusis por 14 años más, que "El hecho de resolver un conflicto que por la incidencia é importancia de causas con las características de la presente, obliga al operador judicial a resolver en Derecho, pero en momento oportuno. Por ello dilatar el pronunciamiento de fondo, puede perjudicar el reflejo económico del mercado, aún más que la propia falta sancionada por la administración."

En síntesis una decisión que refresca la visión que en muchas ocasiones tenemos del Poder Judicial, que nos trae una visión comprometida con los fines prácticos que debe buscarse en todo sistema de justicia.

Un segundo aspecto positivo: la constancia del Indecopi en defender un principio. Y ello a través de cuatro gobiernos distintos en estos 14 años, con diferentes Presidentes de la institución. El Indecopi mantuvo su posición y no retrocedió en su esfuerzo por conseguir llegar a la solución justa. Ello gracias a un equipo de defensa, liderado por todos estos años por Rodolfo Castellanos y conformado por personas que sería interminable enumerar. Solo ponen la nota discordante en esta consistencia la lamentable actitud de dos ex vocales del Tribunal del Indecopi, uno originalmente abogado de los polleros desde los orígenes del caso, y otro que se volvió su abogado luego de salir de Indecopi en el Poder Judicial. Estos vocales aprobaron (a pesar de existir un claro conflicto de interés) un cambio de criterio en el caso de concertaciones de precios, y que se usaría por ellos mismos en la defensa que harían de los polleros. Una anécdota lamentable que en nada desmerece la posición institucionalmente consistente del Indecopi.

Lo malo es evidente. Como lo adelanta el voto que decide el caso, es inaceptable tomarse 13 años para decidir un caso. Es una mala señal para el mercado que uno pueda infringir la Ley y no recibir las consecuencias de sus actos por un periodo tan largo, en el que ya casi todos hemos olvidado las consecuencias de lo que se hizo: negarse a competir para sacar más dinero del bolsillo de los consumidores.

El balance final, a pesar del tiempo transcurrido, es positivo: se hizo justicia y quienes infringieron la ley deberán aceptar las consecuencias de sus actos. La gallina vieja dio buen caldo, aunque siempre hubiera sido preferible un caldo más tierno y oportuno pero con la misma sustancia.



*Leer más: http://blogs.semanaeconomica.com/blogs/prohibido-prohibir/posts/gallina-vieja-da-buen-caldo-el-final-feliz-de-la-concertacion-de-precios-del-pollo#ixzz18BmyBkdH

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