sábado, 15 de marzo de 2008

Diario Gestion: El Doing Business y sus nociones de competitividad (¿igual amenos derechos laborales?)

Sistema laboral: ¿de mal en peor?

El Perú está en el puesto 159 en el ranking Doing Business 2008 (DB) del Banco Mundial en "facilidad para contratar trabajadores". Es decir, si los inversionistas (especialmente los de industrias intensivas en mano de obra) utilizaran solo esta consideración, preferirían invertir en 158 países antes que en el Perú.

¿Se puede decir que la legislación laboral actual y la propuesta de la LGT son consistentes con una economía que enfrenta los retos de ser más competitiva internacionalmente, atraer inversión extranjera productiva y ofrecer más empleo formal?

La respuesta es no. Y el Ministerio de Trabajo está dando claras señales en el sentido equivocado. En un contexto en que el sector privado, los gremios y varias entidades del Estado están trabajando arduamente por reformas que apuntalen la competitividad, ello resulta inaceptable.

Veamos qué luces nos brinda el DB sobre nuestras principales debilidades:

¿Qué nos dice el Doing Business?

El índice de rigidez laboral refleja el promedio de tres subíndices: la dificultad para contratar, la inflexibilidad en el horario de trabajo y la dificultad para despedir.

Dificultades para contratar

En el Perú hay tres tipos de contratos temporales: i) por inicio o incremento de la actividad empresarial (máximo tres años), ii) por necesidades del mercado (máximo cinco años) y iii) por reconversión empresarial (máximo dos años). Sin embargo, en Estados Unidos y Colombia la utilización de contratos temporales no está prohibida para trabajos permanentes y su duración es ilimitada. Si el Perú permitiera su uso para trabajos permanentes, su puntaje en este subíndice mejoraría en 33 puntos y solo otras 38 economías nos superarían (ahora nos superan 118).

Con el proyecto de LGT, la duración máxima del contrato por inicio de la actividad se reduciría a dos años (aunque si continuara la actividad, se convertiría en uno de duración indeterminada), el de necesidades del mercado de cinco a un año y se eliminaría el contrato por reconversión empresarial. Con este cambio, nuestro puntaje en el subíndice de dificultad para contratar empeoraría de 44 a 77.6, con lo que el Perú sería menos competitivo que otras 160 economías.

Inflexibilidad en el horario de trabajo

En el Perú, la semana laboral puede durar un máximo de seis días y está permitida su ampliación por aumento estacional de la producción; sin embargo, existen restricciones al trabajo nocturno y en fines de semana y las vacaciones anuales pagadas constan de 22 días laborables. Lo anecdótico es que en países donde las condiciones laborales son mejores, como Dinamarca, no se restringe ni el trabajo nocturno ni el de fines de semana. Este país tiene un puntaje de 20 en este subíndice mientras que el Perú de 60. Si elimináramos dichas restricciones, nos ubicaríamos tras 24 economías en vez de 118.

Estados Unidos figura con un puntaje de cero pues es flexible en todas las variables, y en la región destacan Puerto Rico (cero, la máxima duración de la semana laboral es siete días y vacaciones anuales pagadas de 15) y Chile (20, solo hay restricciones los fines de semana, la semana laboral dura un máximo de seis días y las vacaciones 18).

La dificultad para despedir.

Es nuestra debilidad más clara a nivel internacional. En el Perú el empleador debe notificar y requerir el permiso del Ministerio para despedir a un grupo de 25 trabajadores por motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos (por "redundancia"), pero solo si representan no menos del 10% del personal, inhibiéndose el despido de un solo trabajador por estas causas (uno de los dos factores que el DB considera más restrictivos).

Estas restricciones desincentivan la contratación formal al atar de manos a los empleadores en decisiones netamente empresariales e imponer a una autoridad externa para que decida. Por si fuera poco, el costo de despido equivale a 52 salarios semanales (por la indemnización).

En Singapur no existen esas trabas (su subíndice es cero, el de Perú 60), pueden despedir sin notificar ni pedir permiso a nadie y su costo de despido es solo de cuatro semanas. Algo similar ocurre en Estados Unidos, incluso en Brasil y Uruguay no hay restricciones, pero el costo de despido es de 36.8 y 31.2 salarios semanales, respectivamente. En Sudamérica, solo Bolivia y Venezuela (con un índice de 100 y últimos lugares del ranking) están peor que el Perú, pues su legislación no permite el despido por redundancia.

¿Se puede empeorar? Lamentablemente sí. El proyecto de LGT plantea el regreso de la estabilidad laboral absoluta. Nuestro puntaje en el subíndice llegaría a 100 y, tanto en este como en el índice general de rigidez laboral, empataríamos en el último lugar con Venezuela y Bolivia. Adicionalmente, el costo por despido para el trabajador con 20 años de servicios se elevaría a 95.3 salarios semanales. En pocas palabras, nos convertiríamos en una de las economías más restrictivas del mundo en términos laborales.

En cambio, si se permitiera el libre despido por motivos económicos y similares de menos del 10% del personal total y se eliminaran las reglas de prioridad para la recontratación, únicamente nos superarían 46 economías (hoy nos superan 151).

Conclusiones

Nuestra legislación laboral ya es una de las más restrictivas y desincentivadoras de inversión del mundo.

Por lo tanto, ahora que el Perú enfrenta serios retos para consolidar su dinámico crecimiento no podemos permitirnos mantener una de las trabas más importantes para la creación de empleo formal que beneficie a las grandes mayorías y, menos aún, retroceder con las propuestas que se plantean en la LGT.

 

en corto

Sobre apertura comercial y mercado laboral, el ranking Doing Business 2008 del Banco Mundial menciona que estudios sobre 90 países en desarrollo, determinaron que las empresas exportadoras crecieron más rápido con normas laborales flexibles. Se estima que en una economía abierta la flexibilidad laboral puede elevar el crecimiento anual hasta 1.5%y que altos niveles de flexibilidad no implican que los trabajadores estén desprotegidos.

 

 

 

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